¡SOLICITA AQUÍ TU CICLO FORMATIVO O FPB ONLINE!

Diferencias entre Policía Nacional, Policía Local y Guardia Civil

Las funciones de estos 3 cuerpos son similares, aunque no iguales. Para empezar se desarrollan en diferente ámbito, la policía nacional actúa en el ámbito urbano, principalmente en la capital, la Guardia Civil, extiende su ámbito a la provincia, sobre todo en el ámbito rural, y la Policía Local en los Municipios.

El Cuerpo Nacional de Policía es de ámbito estatal, depende del Ministerio del Interior, el responsable es el Gobierno y su responsable último es el presidente. Está en las comisarías de las capitales y poblaciones muy grandes. En concreto tiene como competencias más importantes: la investigación de los delitos relacionados con la droga, la delincuencia organizada, económica, financiera, tecnológica y el control de los juegos de azar, además de todo lo relativo a los delitos monetarios. También se ocupa del control de entrada y salida del territorio nacional a Españoles y extranjeros, así como la prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal, auxilio a las policías de otros países. Además una de sus funciones características sería la expedición del Documento Nacional de Identidad y Pasaporte.


Por su parte la Guardia Civil es parte del Ejército, y como tal, los agentes son militares sin derecho a sindicato, viven en su mayoría en casas-cuartel, y dependen del Ministerio de Defensa, sus responsables son el presidente y el Rey. Desempeñan labores policiales, pero en las zonas rurales. En concreto, tiene como funciones características: la vigilancia del tráfico en vías interurbanas, custodia de vías de comunicación, velar por el cumplimiento de las normas que tiendan a la conservación de la naturaleza y el medio ambiente (vigilar la caza, los incendios y la alta montaña), así como la conducción interurbana de presos.


La Policía Local, también llamada Municipal, depende del Ayuntamiento de los pueblos o municipios, y su responsable último es el alcalde. Desarrolla su función en la localidad a la que pertenezcan y por tanto sus funciones quedan limitadas a ese territorio. Pueden colaborar y cooperar con las otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la prevención de los delitos, pero las funciones concretas que los definen son las siguientes: administrativas, en lo relativo a las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales, denuncias a establecimientos, protección de autoridades locales, vigilancia o custodia de edificios o instalaciones municipales y vigilancia de  los espacios públicos, solución de disputas vecinales, ruidos, vandalismo en la localidad, ordenación, señalización y dirección del tráfico en el núcleo urbano, multas, realización de atestados por accidentes de circulación sucedidos en el núcleo urbano.


Los tres Cuerpos deben coordinarse y ayudarse siempre que puedan para cumplir los objetivos.

Puedes obtener más información en "Academia de Formación"

Centro de San Fernando:
 C.C. San Fernando Plaza
Teléfono: 956 94 00 32

Centro de Chiclana: 
Carretera de Medina, nº24
Teléfono: 856 11 67 90

Whatsapp:  601 28 70 40

info@academiadeformacion.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario